Sancionar a José Felipe Yovera Paico, identificado con DNI N° 03615667, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su Reglamento,
Sancionar a Dionicio Aereopagita López Roque, identificado con DNI Nº 03484911, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia
Aprobar los Certificados Nominativos de los integrantes del bloque de riego San José Ramal 1 perteneciente a la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Canal Chimbote.
Sancionar a Javier Zapata Castro, identificado con DNI Nº 42345008, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su Reglamento,
DECLARAR, al Comité de Usuarios del Anexo Chacllancca de la Comunidad de Pampaconga, conformado por los usuarios que utilizan las aguas de los Manantiales Machupicchu 1, Machupicchu 2 y del Riachuelo Quehuamiyoc, adecuado a la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, Ley N° 30157 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI, encuyo ámbito aún no se ha culminado con la delimitación de sector y subsectores hidráulicos.
Aprobar los Certificados Nominativos de los integrantes del bloque de riego Santa Clemencia Ramal 1 perteneciente a la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Canal Chimbote.
Artículo Primero.- Declarar Infundada las oposiciones formuladas por la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Buenavista y el Comité de Usuarios El Pueblo, por las consideraciones que se exponen en la presente Resolución Directoral.
Artículo Segundo.- Acreditar la disponibilidad hídrica para el proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Agua Potable del Distrito de Buena Vista Alta Casma”, de acuerdo a las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Juan Yovera Yovera, identificado con DNI N° 03617784, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su Reglamento,
Sancionar a Miguel Chinchay Garces, identificado con DNI N° 03617205, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su Reglamento,
DECLARAR, a la Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Chambac, conformado por los usuarios que utilizan las aguas del Río Pisit-Chorro Blanco, adecuada a la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, Ley N° 30157 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI, en cuyo ámbito aún no se ha culminado con la delimitación de sector y subsectores hidráulicos.