CUT: 41726-2024.
ADMINISTRADO: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Centro Poblado de Conchacalla.
ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.
MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.
SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.
SUMILLA: Es nula la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico cuando no se cuenta con una servidumbre para la conducción del recurso hídrico; sin embargo, se ordenará evaluar nueva información que se haya proporcionado en segunda instancia.
MARCO NORMATIVO: Literal f) del numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.
SENTIDO: Nulidad de oficio y retrotraer.