Sancionar a Castillo Villegas Cesar,identificado con DNI Nº 03615636, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
Otorgar, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrarios, en vía de Regularización, a favor del señor Santiago Cristobal Huacasi Quispe, de las aguas provenientes de los Manantiales “Cruz Mocco Queto”, “ Mayo Cancha Esquinapata”, “San Cristobal de Queto I” y “San Cristobal de Queto II”, en el predio rustico denominado “San Cristobal de Queto”, ubicado en el Distrito de Lampa, Provincia de Lampa y Región de Puno
Sancionar a Infante Aguírre Fidencío, identificado con DNI Nº 03615660, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Castillo Villegas Cesar,identificado con DNI N° 03615636, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
Otorgar, Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Productivo con Fines Mineros, en el marco del Proceso de Formalización de las Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal, para el Proyecto Minero “San Carlos”, a favor de Minera Silver Minsperu Sociedad Anónima Cerrada – SILVER MINSPERU S.A.C.
Sancionar a Teodoro UrcinoInfante Villegas,identificado con DNI N° 03617197, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
SUSPENDER LA LICENCIA D EUSO DE AGUA CON FINES AGRARIOS POR UN PERIODO DE 02 AÑOS A PARTIR DE 01 DE ENERO HASTA EL 30 DE MARZO DEL 2018, OTORGADA A JACINTO PALACIOS ARAINDIA .
Sancionar a Castillo Burgos Santos Cesar,identificado con DNI N° 03617273, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento
Declarar improcedente la solicitud presentada por Julio Frisancho Cahuapaza, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Samán, con C.U.T N° 31856-2016 sobre de Acreditación de Disponibilidad Hídrica con Fines Poblacionales del proyecto “Instalación del Servicio de Saneamiento Básico Integral del Centro Poblado de Jassana Grande y Sectores del Distrito de Samán – Azángaro – Puno”,
Sancionar a Rojas Ladines Pedro,identificado con DNI Nº 03615414, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,