Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Parraguez Vílchez María Margarita y Yamunaque Zapata Víctor Hugo,
DECLARAR, al Comité de Usuarios de Agua Lurini Mayo, conformado por los usuarios que utilizan las aguas de la Quebrada Lurine, comprendido en el SubSector Hidráulico Yurac Lurine Mayo del Sector Hidráulico Menor Lampa Clase B, adecuado a la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, Ley N° 30157 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Santisteban Chapoñan José Genaro, para el predio con código catastral N° 44610, proveniente del río Chancay Lambayeque,
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR FUNDADA la oposición presentada por el señor Roman Aliaga Camacho, identificado con DNI Nº 06130546, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Administrativa
Sancionar a Arambulo De Cruz Benita, identificado con DNI Nº 03623680, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
DECLARAR, al Comité de Usuarios del Canal de Riego Lapar, conformado por los usuarios que utilizan las aguas de la Quebrada Chilala, comprendido en el Sub Sector Hidráulico Río Cajamarquino del Sector Hidráulico Menor Río Chonta y Cajamarquino Clase B, adecuado a la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, Ley N° 30157 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.
Sancionar a Alban Vda de Silva Luzmila, identificado con DNI Nº 03624305, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
.· Sancionar a Palacios Córdova Máximo, identificado con DNI Nº 03653849, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Crisanto De Bruno María Tempera, identificado con DNI Nº 03624066, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
DECLARAR, al Comité de Usuarios Rosas Grande, conformado por los usuarios que utilizan las aguas de los manantiales Laurel, Shogos Punko y Ogueranra, adecuado a la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, Ley N° 30157 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI, precisando que en ámbito del mencionado comité aún no se ha culminado con la delimitación del sector y subsectores hidráulicos.