RECTIFICAR el error material contenido en la Resolución Directoral N° 1524-2015-ANA-AAA X MANTARO de fecha 09 de diciembre de 2016, específicamente en lo que corresponde a la numeración del año de la Resolución Directoral.
Declarar improcedente la petición presentada por don Timoteo Cóndor Chagua, sobre delimitación de la faja marginal, margen izquierda del río Yauli, las razones se encuentran expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar el estudio de delimitación de un tramo de la faja marginal del canal Suministro EX PERC: i) margen derecha comprendido entre el Hito 01 hasta el Hito 16, en una longitud aproximada de 641,80 m., el ancho de la faja marginal propuesta es 10,00 m., ubicado en el distrito de Carmen Alto, provincia de Huamanga, departamento Ayacucho.
Aprobar el estudio de delimitación de un tramo de la faja marginal del riachuelo Hondovado : i) margen derecha comprendido entre el Hito 01 hasta el Hito 03, en una longitud aproximada de 122,30 m., el ancho de la faja marginal propuesta es 4 m., ubicado en el distrito de Matahuasi, provincia de Concepción, departamento Junín.
Autorizar a favor de la Asociación de Vivienda Villa Mantaro - Tinco Distrito de Pllcornayo Provincia de Huancayo, la ejecución del estudio de aprovechamiento hídrico, para obtención de licencia de uso de agua superficial en el marco del proyecto denominado "Instalación del Sistema de Agua Potable y Saneamiento para el Anexo de Villa Mantaro Tinco del Distrito de Pilcomayo - Huancayo - Junín".
Autorizar a favor de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento del Centro Poblado Miraflores, la ejecución del estudio de aprovechamiento hídrico para obtención de licencia de uso de agua superficial en el marco del proyecto denominado "Instalación del Sistema de Agua Potable del Centro Poblado Miraflores - Sapallanga - Huancayo".
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por don YURIBERTO POCOMUCHA NIETO, sobre delimitación de faja marginal por las consideraciones expuestas en la presente resolución.
Declarar improcedente la solicitud de Autorización de Uso de Agua Superficial presentada por la empresa Ariana Operaciones Mineras SAC., para la ejecución de estudios de exploración minera contemplada en el marco del proyecto "Ariana".