Sancionar a InfanteDioses Justo,identificado con DNI Nº 03640505, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionara Alicia Mabel Agurto Girón de Távara,ideníiñcado con DNI Nº 40273124, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Javier Chero Vílchez,identificado con DNI Nº 80494611, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Elio Cruz Mogollón, identificado con DNI N° 03639275, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
Sancionar a Castillo Villegas Cesar,identificado con DNI Nº 03615636, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Cruz Mogollon Elio, identificado con DNI Nº 03639275, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
Se otorga permiso de uso de agua superficial para época de superávit hídrico , con fines agricolas, provenientes del río Chicama captados en la Bocatoma Cao, ubicada geograficamente segun Datum WGS 84 Proyección UTM Zona 17S en las coordenadas E 704632 N 9140226, en el Bloque PCHC-1301-B-25 "Salamanca" ámbito de la Comisión de Usuarios Magdalena de Cao y Yalpa, de la Junta de Usuarios de Agua Valle Chicama.
Sancionar a Zapata Zavala Juan Francisco, identificado con DNI Nº 03615256, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Elio Cruz Mogollón, identificado con DNI Nº 03639275., por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento
Sancionar a Real Callan Amador C,identificado con DNI Nº 03617031, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,