R.D. N° 1017-2016-ANA/AAA-MARAÑON

Resumen

AUTORIZAR a la Compañía Minera Antamina S.A., la Ejecución de Estudios de Aguas Subterráneas con Perforación con Fines de Investigación, para el desarrollo del proyecto de Monitoreo y Estudio de Aguas Subterráneas con Perforaciones denominado "PERFORACIÓN DE 15 POZOS E INSTALACIÓN DE SIETE (07) PIEZÓMETROS DE CUERDA VIBRANTE CON FINES DE 
INVESTIGACIÓN PARA EL RECRECIMIENTO DEL DEPÓSITO DEL DEPÓSITO DE RELAVES DE 
ANTAMINA". La ubicación en coordenadas UTM (WGS 84) de los quince (15) pozos y los siete (07) piezómetros.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Julio, 2016

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 1016-2016-ANA/AAA-MARAÑON

Resumen

AUTORIZAR a la Compañía Minera Antamina S.A., la Ejecución de Estudios de Aguas Subterráneas con Perforación con Fines de Investigación, para el desarrollo del proyecto de Monitoreo y Estudio de Aguas Subterráneas con Perforaciones denominado "PERFORACIÓN DE POZOS E INSTALACIÓN DE PIEZÓMETROS PARA ESTUDIOS HIDROGEOLÓGICOS Y 
GEOTÉCNICOS CON FINES DE INVESTIGACIÓN EN LA ZONA DE ICHIC COLLA I". La ubicación en coordenadas UTM (WGS 84) de las perforaciones para la instalación de los treinta y siete (37) piezómetros.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Julio, 2016

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 1015-2016-ANA/AAA-MARAÑON

Resumen

RECTIFICAR el error material contenido en la Resolución Directoral N° 002-2016-ANA-AAA.M, de fecha 06.01.2016, en el siguiente sentido: 

VISTO: 
DICE: (...) Sector Hidráulico Bagua (...) DEBE DECIR: (...) Sector Hidráulico Utcubamba (...). 
Noveno Considerando: 
DICE: Que, por Oficio N° 1042-2015-ANA-AAAVIM-ALA BAGUA SANTIAGO, de fecha 21 de diciembre de 2015, la Administración Local de Agua Bagua Santiago..., DEBE DECIR: Oficio N° 1042-2015-ANA/AAA-MARAÑÓN/ALA-UT, de fecha 16 de diciembre de 2015, la Administración Local de Agua Utcubamba...

Fecha de Resolución

Martes, 26 Julio, 2016

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 1014-2016-ANA/AAA-MARAÑON

Resumen

IMPONER la Sanción Administrativa de multa de 5.75 UIT, vigentes a la fecha de pago, a la Municipalidad Distrital de Condebamba, provincia de Cajabamba, región Cajamarca, por haber realizado vertimientos de aguas residuales proveniente de la ciudad de Cauday, provincia de Cajabamba, región Cajamarca a través de una tubería de PVC de 6" de diámetro con un caudal de 1,20 I/s, en el punto de las coordenadas UTM WGS 84: 822 680E — 9 161 928N, en la margen derecha de la Quebrada La Cueva del Shingo, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 9° del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, concordante con el literal "d" del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, y que de acuerdo al numeral 279.3 del artículo 279° del mismo cuerpo legal, la infracción ha sido calificada como muy grave, de conformidad con los fundamentos expuestos.

Fecha de Resolución

Martes, 26 Julio, 2016

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 1013-2016-ANA/AAA-MARAÑON

Resumen

IMPONER SANCION ADMINISTRATIVA DE MULTA de (2,1) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de pago, invocando el principio de razonabilidad y proporcionalidad, al usuario infractor Segundo Daniel Torres Ortiz, infracción tipificada en la Ley de Recursos Hídricos, artículos 120° numerales 10, concordante con el Art 277° literales "e" del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG; calificada según el Artículo 121° de la Ley de Recursos Hídricos y sancionada según el artículo 122° de la Ley de Recursos Hídricos N° 29338, en su inciso 2 señala que la multa es no menor de cero coma cinco (0,5) unidades impositivas tributarias ni mayor de diez mil (10,000) Unidades Impositivas Tributarias, concordado con él numeral 279.2 del Artículo 279; y de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 26 Julio, 2016

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 1012-2016-ANA/AAA-MARAÑON

Resumen

OTORGAR a favor de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS del Centro Poblado Chaupelanche, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, por un volumen anual de hasta 23 399,68 m 3  equivalente a un caudal de hasta 0,74 1/s, proveniente de los manantiales Posadilla 1, Posadilla 2, Posadilla 3, Ojo de Agua 1 y Ojo de Agua 2. El Centroide del uso del agua se ubica en las coordenadas UTM WGS 84, zona 17 Sur: 9 269 211 N - 768 487 E a una altitud de 3 275 msnm. Políticamente ubicada en el Distrito y Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca.

Fecha de Resolución

Martes, 26 Julio, 2016

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 1011-2016-ANA/AAA-MARAÑON

Resumen

ACREDITAR a favor de la Empresa Prestadora de Servicio de Saneamiento Municipal de Utcubamba S.R.L., la Disponibilidad Hídrica de Agua Superficial con Fines Poblacionales, proveniente del río Utcubamba, por un volumen anual de hasta 2 759 400 m3, equivalente a un caudal de hasta 140 lis; para el desarrollo del proyecto "Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado para las localidades de San Luis y parte Baja de Bagua Grande, provincia de Utcubamba - Región Amazonas”, con captación ubicado entre las coordenadas UTM WGS 84 17 Sur: 185 421 E - 9 362 732 N a una altitud de 432 msnm; políticamente ubicado en el sector San Luis Pate Baja, distrito Bagua Grande, provincia de Utcubamba, región Amazonas.

Fecha de Resolución

Martes, 26 Julio, 2016

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 1010-2016-ANA/AAA-MARAÑON

Resumen

IMPONER la Sanción Administrativa de multa de 5.1 UIT, vigentes a la fecha de pago, a la Municipalidad Distrital de Chancay, provincia de San Marcos, región Cajamarca, por haber realizado vertimientos de aguas residuales proveniente del distrito de Chancay, provincia de San Marcos, región Cajamarca a través una tubería PVC de 6" de diámetro que descargan aguas residuales domésticas a la quebrada Chancay o Iracacucho con un caudal acumulado de 0,20 I/s, volumen acumulado de 6 307,20 m3/año, en el punto de las coordenadas UTM WGS 84 ZONA 17 Sur 817 849E — 9 181 009N a una altitud de 2 599 msnm., sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 9° del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, concordante con el literal "d" del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, y que de acuerdo al numeral 279.3 del artículo 279° del mismo cuerpo legal, la infracción ha sido calificada como muy grave, de conformidad con los fundamentos expuestos.

Fecha de Resolución

Martes, 26 Julio, 2016

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 1009-2016-ANA/AAA-MARAÑON

Resumen

IMPONER la Sanción Administrativa de multa de 5.1 UIT, vigentes a la fecha de pago, a la Municipalidad Distrital de Cachachi, provincia de Cajabamba, región Cajamarca, por haber realizado vertimientos de aguas residuales proveniente del distrito de Cchachi, provincia de Cajabamba, región Cajamarca a través una tubería PVC de 8" de diámetro que descargan aguas residuales domésticas a la quebrada Los Eucaliptos con un caudal acumulado de 0,5 l/s, volumen acumulado de 15 768,00 m,/año, en el punto de las coordenadas UTM WGS 84: 801 682E — 9 175 605N a una altitud de 3 183 msnm, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 9° del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, concordante con el literal "d" del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, y que de acuerdo al numeral 279.3 del artículo 279° del mismo cuerpo legal, la infracción ha sido calificada como muy grave, de conformidad con los fundamentos expuestos.

Fecha de Resolución

Martes, 26 Julio, 2016

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 1008-2016-ANA/AAA-MARAÑON

Resumen

IMPONER la Sanción Administrativa de multa de 5.1 UIT, vigentes a la fecha de pago, a la Municipalidad Provincial de Yarowilca, provincia de Yarowilca, región Huánuco, por haber realizado vertimientos de aguas residuales proveniente de la ciudad de Chavinillo, provincia de Yarowilca, región Huánuco a través de tres tuberías de PVC de 6" de diámetro con un caudal de 1,5 1/s equivalente a un volumen de 47 304,00 m3/año, en el punto de las coordenadas UTM WGS 84: conforme se detalla en el cuadro N° 01, en el riachuelo Condorcanqui, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 9° del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, concordante con el literal "d" del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, y que de acuerdo al numeral 279.3 del artículo 279° del mismo cuerpo legal, la infracción ha sido calificada como muy grave, de conformidad con los fundamentos expuestos.

Fecha de Resolución

Martes, 26 Julio, 2016

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua