R.D. N° 1089-2016-ANA/AAA-MARAÑON
Resumen
IMPONER la sanción administrativa de multa de 2,27 U IT, vigentes a la fecha de pago a Cipriano Pio Romero Milla y Hugo Héctor Jimeno Olivo, por ejecutar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras en fuente natural de agua, infracción tipificada en el numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, concordante con el literal "b" del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, D.S N° 001-2010-AG, y que de acuerdo al literal "b" del numeral 278.3 del artículo 278°, del mismo cuerpo normativo, la infracción ha sido calificada como grave.