RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- CADUCAR la Licencia de Uso de agua con Fines Poblacionales y/o Domésticos otorgada a la Asociación Occoruro Limacpampa mediante Resolución Administrativa Nº 061-97-DSRA-AP/ATDR-AB, de fecha 14 de noviembre de 1997, de acuerdo al Artículo 116°, inciso c) de la Ley General de Aguas y al Artículo 58° del D.L.Nº 653.
ARTICULO SEGUNDO: OTORGAR Licencia de Uso de agua con Fines Poblacionales y/o Domésticos en vía de regularización al Comité de Agua Potable Tarapampa Limacpampa - San Luis Baja, distrito de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento y región Apurímac de las aguas provenientes del manante Soccopuquio - lhuaylluyoc por un gasto de 1.00 l/s y una masa anual de hasta 31 104.00 m3 (TREINTA Y UN MIL CIENTO CUATRO PUNTO CERO METROS CÚBICOS ANUALES).