ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el senor Antonio Sedano Pianto, identificado con DNI N° 09401043, para la Inscripción en RADA, Registro Administrativo de Derecho de Uso de Agua, del predio ubicado en el Sector Huatocay, Comisión de Regantes Huatocay Huarangal, por encontrarse en su totalidad afectado por la Faja Marginal del Rio Chillón entre los Hitos MD 94 Y 95 de la margen derecha.
ARTÍCULO PRIMERO: declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el señor Glicerio Gamboa Andía, identificado con DNI. N° 07080555, Gerente de la Compañía Inmobiliaria Promotora y Constructora G. Y M. EIRL, para la Inscripción en el Padrón de Usuarios (Registro Administrativo de Derecho de uso de Agua) del predio ubicado en el Sector Hornillos, Comisión de Regantes Zapán, por encontrarse en su totalidad afectado por la Faja Marginal del Río Chillón entre los Hitos MI 152, 153 Y 154 de la margen izquierda
Sancionar, a Eduardo Carmen Nima, identificado con DNI Nº 02814606, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338, en concordancia con el literal a) del articulo 277º
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de permiso de uso de agua de retorno, drenaje o filtraciones de quebrada Las Monjas o Dren Pajaritos solicitado por el administrado William David Goicochea Mechato.
Sancionar, a José Manuel Seminario Bereche, identificado con DNI Nº02752668, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338, en concordancia con el literal a) del artículo 277º
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, en via de Regularización la perforación del pozo a Tajo Abierto, situado en las coordenadas UTM (WGS 84): 291 976 m. E y 8 643 657 m. N, ubicado en la Carretera Panamericana Sur, Km. 27, Club de Playa Pachacamac, Eje C, Este, Lote 28, Distrito de Lurin, Provincia y Departamento de Lima, Valle de Lurin