Sancionar a Luis lpanaquéVillegas,identificado con DNI N° 02693343, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
APROBAR, la Acreditación de Disponibilidad Hídrica de Aguas Superficia les con Fines Agrarios, para el proyecto "Mejoramiento del servicio de agua del sistema de riego Chimur, Localidad de Chimur, distrito de Challabamba,
provincia Paucartambo -Cusco ", a favor de la Comunidad Campesina Chimur,
OTORGAR, Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Poblacional en el marco de la Formalización de Derechos de Uso de Agua, a favor de la Junta Administradora de Servicio de Saneamien to Básico (JASS) de la Comunidad de Huallatayre Sector de Ninapata, ubicado en el distrito de San Pablo, provincia Canchis, región Cusco
Sancionara Jesús Santos Santos,identificado con DNI Nº 02726391, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Se otorga permiso de uso de agua superficial para épocas de superávit hídrico, con fines agricolas, provenientes del río Chicama captados en la bocatoma Facalá, ubicada geograficamente en las coordenadas E714356 N 9145780, conducidos a través del CD Facalá y canales internos , en el Bloque " Potrero -la Barranca" con codigo PCHIC-1301-B03 ambito de la Comisión de Usuarios Ascope, de la Junta de Usuarios de Agua Valle Chicama,
Sancionar a Carmen María Sernaqué Ramos,identificado con DNI Nº 02882467, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia
Sancionar a Calixtro Ancajima Imán, identificado con DNI Nº 02726284, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de José Santiago Moran Santos, con agua proveniente del río Chira, a través de la infraestructura hidráulica
Se otorga permiso de uso de agua superficila para época de superávit hídrico, con fines agricolas, provenientes del rio Chicama captados en la bocatoma Facalá, ubicada geograficamente en las coordenadas E714356 N 9145780, conducidos a travez del CD Facalá y canales internos en el Bloque " Quinta - La Arenita" con codigó PCHIC -1301-B05 ambito de la Comisión de Usuarios Ascope , de la Junta de Usuarios de Agua Valle Chicama.