Sancionar a Wilmar Ermetrio Díaz León, identificado con DNI Nº 17877576 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionara VíctorArturoZegarra Cavani, identificado con DNI N° 09398280, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Declarar improcedente la solicitud de autorización para la ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea, con perforación, presentada por la Comunidad Campesina San Martín de Sechura, según los argumentos expuestos en la parte consideratíva de la presente resolución.
AUTORIZAR EN VIA DE REGULARIZACION A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO, LA EJECUCION DE LAS OBRAS CONSTRUCCION DE DOS PUENTES VEHICULARES EN EL RIO CHILLON.
SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 382-2014-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA que declaró improcedente el recurso de apelación interpuesto por la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima.