Declarar,Improcedente la solicitud de otorgamiento de licencia de uso de agua superficial, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a P&D ANDINA ALIMENTOS S.A, con RUC Nº 20205922149 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Wilmar Ermetrio Díaz León, identificado con DNI Nº 17877576 por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionara VíctorArturoZegarra Cavani, identificado con DNI N° 09398280, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Declarar improcedente la solicitud de autorización para la ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea, con perforación, presentada por la Comunidad Campesina San Martín de Sechura, según los argumentos expuestos en la parte consideratíva de la presente resolución.
AUTORIZAR EN VIA DE REGULARIZACION A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO, LA EJECUCION DE LAS OBRAS CONSTRUCCION DE DOS PUENTES VEHICULARES EN EL RIO CHILLON.