ARTICULO PRIMERO: SANCIONAR administrativamente a la Sociedad La Unión, con el pago de una multa del 3% de la UIT, monte equivalente al dia en que se hace efectivo el pago de dicha multa; por contravenir las disposiciones de la Ley de Recursos Hidricos - Ley N° 29338 Y demás normas complementarias, conforme fue detallado en los considerandos de la presente Resolución Administrativa; y la misma que debera de ser cancelada en el plazo de (10) diez dias
calendarios contados a partir de la recepción de la presente resolución, en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nº 0000-877174, correspondiente a la Autoridad Nacional del Agua; bajo apercibimiento de duplicarse, de conformidad a Ley