Sancionar, a María Cleofé Seminario de Montero, identificada con DNI N° 02751873, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338, en concordancia con el literal a) del artículo 277º
Reconocer al Comité Electoral de la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Sechura – Clase A, para que organice y conduzca el proceso electoral para elegir a los integrantes del Consejo Directivo, para el período 2017-2020.
Sancionar, a Jorge Palacios Montero, identificado con DNI Nº 02832435, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338, en concordancia con el literal a) del artículo 277º
ARTÍCULO PRIMERO: EXTINGUIR la Licencia de Uso de Agua superficial con fines agrarios, otorgada favor del Sr Elias Mogollón Ramirez, ex conductor del predio con Código Catastral Nº 00033, con un Area Bajo Riego de 0,1763 ha.; la misma que fue inscrita en el Registro Administrativo de Derecho de Agua (RADA) , mediante Resolución Administrativa Nº1156-2011-ANA-ALACHRL, del 09 de Diciembre del 2011
Declarar la extinción del permiso de uso de agua con fines agrarios por superávit hídrico del Río Piura, otorgado mediante Resolución Administrativa Nº 014-2016-ANA-AAA.JZ-ALAMBP a favor de Olga Marina Vásquez Arrieta, para los predios con código catrastal 16250 de 3.7410 ha., RC 12373 de 5.98 ha. y S/U.C. de 7.2684 ha.
Sancionara Marco Antonio Morán Rosas y Osear Morán Rosas, identificados con DNI Nº02884981 y 02881585, respectivamente, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338
Sancionar, a la Asociación de Campesinos Sin Tierra Juan Velasco Alvarado, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338, en concordancia con el literal a) del artículo 277º
ARTíCULO PRIMERO: SANCIONAR administrativamente al Roberto Manuel Sáenz Romero, identificado con DNI N° 06604047, con el pago de una multa del 3 % de la UIT, monto equivalente al día en que se hace efectivo el pago de dicha multa; por contravenir las disposiciones de la Ley de Recursos Hídricos - Ley N° 29338 Y demás normas complementarias, conforme fue detallado en los considerandos de la presente Resolución Administrativa; y la misma que deberá de ser cancelada en el plazo de (15) quince días calendarios contados a partir de la recepción de la presente resolución, en la cuenta corriente del Banco de la Nación N° 0000-877174
Sancionar,a Augusto More Coveñas, identificado con DNI Nº 02752858, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338, en concordancia con el literal a) del artículo 277º
ARTíCULO PRIMERO: ACEPTAR, el desistimiento del procedimiento administrativo de solicitud del Procedimiento de Acogimiento al Programa de Adecuación de Vertimientos y Reuso de Agua Residual - PAVER, iniciado por la Empresa FRIGORIFICO JO SAC, identificada con RUC N° 20196224875, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución