ARTICULO PRIMERO: SANCIONAR administrativamente a Comunidad Campesina Cuculi - Villa Pampilla - IRHS 18, con el pago de una multa del 3% de la UIT, monto equivalente al dia en que se hace efecto el pago de dicha multa; par contravenir las disposiciones de la Ley de Recursos Hidricos - Ley N° 29338 Y demas normas complementarias, conforme fue detallado en los considerandos de la presente Resolución Administrativa; y la misma que debera de ser cancelada en el plazo de (10) diez dias calendarios contados a partir de la recepción de la presente resolución, en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nª 0000-877174, correspondiente a la Autoridad Nacional del Agua; bajo
apercibimiento de duplicarse, de conformidad a Ley.