ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador, iniciado mediante Notificación N° 041-2016-ANA-AAA HUALLAGA-ALA ALTO, al señor José Liborio Sánchez
AUTORIZAR al administrado Jibal Jesús Espinoza Rivera, la Ejecución de Obra mínima en el Río Huallaga para el desarrollo del proyecto “construcción de anclaje de una balsa cautiva”, ubicado en la Localidad de Aucayacu, Distrito de José Crespo y Castillo, Provincia de Leoncio Prado, Departamento de Huánuco.
AUTORIZAR al administrado Jibal Jesús Espinoza Rivera, la Ejecución de Obra mínima en el Río Huallaga para el desarrollo del proyecto “construcción de anclaje de una balsa cautiva”, ubicado en la Localidad de Aucayacu, Distrito de José Crespo y Castillo, Provincia de Leoncio Prado, Departamento de Huánuco.
ARTICULO PRIMERO: SANCIONAR administrativamente al Sr Víctor Makino Murakami, con el pago de una multa del 3 % de la UIT, monto equivalente al día en que se hace efectivo el pago de dicha multa; por contravenir las disposiciones de la Ley de Recursos Hídricos - Ley N° 29338 y demás normas complementarias, conforme fue detallado en los considerandos de la presente Resolución Administrativa; y la misma que deberá de ser cancelada en el plazo de (10) diez días calendarios contados a partir de la recepción de la presente resolución, en la cuenta corriente del Banco de la Nación N° 0000-877174.
APROBAR la delimitación de el Bloque de Riego “Molino - Yuracyacu”, según plano (Anexo I) que forma parte de la presente Resolución, el cual tiene un área total bajo riego de 309,02 ha., ubicado, políticamente en el Distrito de Yuracyacu, Provincia de Rioja, Departamento de San Martín.
OTORGAR Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Poblacional, a través de el procedimiento de formalización a favor de la “Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS del Caserío Tres de Mayo”, comprensión del Distrito de Pardo Miguel, Provincia de Rioja, Departamento de San Martín.
ARTÍCULO PRIMERO.- RECTIFICAR la Resolución Administrativa N° 839- 2010-ANA/ALA.CHRL, emitida a favor del señor José Alfredo Bullard Coello, en los CONSIDERANDOS Y PARTE RESOLUTIVA, debiendo establecer como: Unidad Catastral N° 05232 y Lote N° 13