Sancionar a Elio Cruz Mogollón, identificado con DNI Nº 03639275., por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento
Sancionar a Real Callan Amador C,identificado con DNI Nº 03617031, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionara ElioCruzMogollón, identificado con DNI Nº 03639275, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29.338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
ACEPTAR el Desistimiento del Procedimiento Administrativo Nº 915-2013, con CUT N° 169324-2015, sobre "Delimitación de la Faja Marginal del Rio San Miguel-distrito de Vilcabamba, provincia de la Convención-Cusco",
solicitado por Juan Cancio Pinto León, con DNI 23838852, en calidad de administrado, en atención al escrito de Desistimiento.
Sancionara Elio Cruz Mogollón,identificado con DNI Nº 03639275, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Modificar la Resolución Administrativa Nº 214-2008-GR-LAMB/DRA-ATDRCH-L, en el extremo que se otorga licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Díaz Barboza, Grover,
Modificar la Resolución Directora! Nº 420-2012-ANA-AAA-JZ-V, en el extremo que se otorga licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de José David Cobeñas Fernández, para el predio S/U.C., con agua proveniente del río Chira,
Acreditar, la Disponibilidad Hídrica de Agua Superficial, para uso poblacional, para el proyecto “Instalación de Servicios de Agua Potable y Eliminación de Excretas en la Comunidad Alto Parina, Distrito de Santa Rosa – Melgar – Puno”, a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa