Sancionar a VíctorEduardo Tisnado Díaz,identificado con DNI Nº 17822608, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionara Alexis Johan Nacarino Guevara,identificado con DNI Nº 41851614, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Francisco Marcelo Rojas Sifuentes,identificado con DNI Nº 07989644, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a José Santos Segura Muños, identificado con DNI Nº 26643927, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a José Dionicio Ysla Guanilo, identificado con DNI Nº 19258268, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Santos Juan Gonzales Aguilar,identificado con DNI Nº 33264086, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Declarar Improcedente la solicitud de permiso de uso de agua de la presa Los Ejidos, solicitado por Roberto Enrique Urbina Peña, por las razones expuestas en la parte considerativa de la preasente resolución.
Sancionar a Wilfredo Córdova Ruiz, identificado con DNI N° 03646673, por infringir e! numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, en via de Regularización la perforación del pozo de a Tajo Abierto, situado en las coordenadas UTM (WGS 84): 296 508 m. E y 8 644,290 m. N, en la Unidad Catastral N° 04120, Sector Buena Vista Alta, Distrito de Lurin, Provincia y Departamento de Lima, Valle del Lurin.