ARTÍCULO PRIMERO.- Otorgar a la Junta Administradora de Servicios y Saneamiento (JASS Yaca), Licencia de Uso Poblacional en vías de regularización, de las aguas provenientes del manantial San Juan, ubicado entre las coordenadas 724 440 E, 8 465 071 N, (Datum WGS 84-zona 18L), jurisdicción de la Comunidad Campesina de Yaca, del Distrito de Circa, Provincia Abancay, Departamento y Región Apurímac, por un caudal acumulado de cero punto veinticuatro litros por segundo (0.24 lps), y un volumen anual de siete mil quinientos sesenta y ocho metros cúbicos (7,568.00 m3), conforme a los cálculos establecidos y la proyección de uso de agua hacia los veinte (20) años y conforme a la distribución mensual siguiente: