RA-N° 180-2011-ANA-ALA-CHRL
Resumen
ARTICULO PRIMERO: SANCIONAR administrativamente a la Asociación de Los Parceleros de la Comunidad de Jicamarca - Anexo 8, con el pago de una multa del 06 UIT, monto equivalente al dia en que se hace efectivo el pago de dicha multa; por contravenir las disposiciones de la Ley de Recursos Hidricos - Ley N° 29338 Y demas normas complementarias, conforme fue detallado en los considerandos de la presente Resolución Administrativa; y la misma que debera de ser cancelada en el plazo de (10) diez dias calendarios contados a partir de la recepci6n de la presente resolución, en la cuenta corriente del Banco de la Nación N° 0000-877174,