R.D. N° 1030-2016-ANA/AAA XII.UV
Resumen
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de Autorización para el Uso Temporal de la ribera (restinga) del río Urubamba en la boca de la quebrada Serejali, distrito Raimondi, provincia Atalaya, departamento Ucayali, presentada por Delfín Gamonal Gonzales, al no cumplir su solicitud con los aspectos técnicos sustentatorios, que garanticen la temporalidad de los cultivos planteados, establecidos en el Art. 14 º de la R.J.N°300-201 1-ANA - "Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en cursos Fluviales y Cuerpos de Agua Naturales y Artificiales"; y que guarden armonía con el marco legal, garantizando el objetivo de la planificación de la gestión del agua en la amazonia, establecido en el Art. 116º de la Ley Nº29338 - Ley de Recursos Hídricos, conforme se ha desarrollado en la parte considerativa