R.D. N° 1117-2016-ANA/AAA XII.UV
Resumen
DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de Autorización para el Uso Temporal de Isla del río Urubamba en el sector Ceylan, distrito Sepahua, provincia Atalaya, departamento Ucayali, presentada por Miguel Zuñiga Pillaca, al no cumplir su solicitud con los aspectos técnicos sustentatorios, que garanticen la temporalidad de los cultivos planteados; establecido en el Art. 14º de la R.J.N º300-2011-ANA - "Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en cursos Fluviales y
Cuerpos de Agua Naturales y Artificiales"; y que guarden armonía con el marco legal, garantizando el objetivo de la planificación de la gestión del agua en la amazonia, establecido en el Art. 116º de la Ley N°29338- Ley de Recursos Hídricos, conforme se ha desarrollado en la parte considerativa