Sancionara ArtemioCórdovaVillegas, identificado con DNI N° 02854720, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionara José Asunción Morales Crisanto,identificado con DNI Nº 02751569, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal
Sancíonar Administrativamente,a la EPS GRAU S.A. - Chulucanas, por infringir el numeral 9) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal d) del articulo 277º de su Reglamento.
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 030-2010-ANA-ALA-ABANCAY
Resumen
ARTICULO PRIMERO: Establecer la faja marginal margen derecha de un tramo del río Kolcaqui en una longitud de 242.40 m. ubicado en el sector Aychahuacso, del distrito Tamburco, provincia Abancay, departamento y región Apurímac, de acuerdo a los puntos establecidos mediante el Sistema de Proyección Universal Mercator (UTM PSAD 56), determinándose un ancho de faja marginal de 10.00 m. de acuerdo a los puntos referenciados que se indica en el cuadro adjunto y que corresponden a su límite interno adyacente al cauce mencionado. Los puntos correspondena:
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, otorgada mediante Resolución de Intendencia N° 581-2008-INRENA-IRH,
.- Aprobar la delimitación del Bloque de Riego ~uineo Morao, según el plano que forma parte del presente expediente, el cual tiene un área bajo riego de 47, 1 O ha., ubicado geográficamente entre las coordenadas UTM Datum WGS84, zona 17M que se indican en el cuadro, el cual pertenece al Comité de Usuarios de Agua Guineo Morao, políticamente ubicado en el distrito de Yamango, provincia de Morropón, departamento de Piura.
Aprobar la delimitación del Bloque de Riego H,uambuguiro Hualtaco, según el plano que forma parte del presente expediente, el cual tiene un área bajo riego de 8,60 ha.,
Prorrogar, por única vez con eficacia anticipada al 18 de febrero del 2016 y por dos (02) años la autorización Estudio de Aprovechamiento Hídrico con fines hidroenergéticos, autorizada mediante Resolución Nº 177-2013-ANA-AAA JZ-V, el cual vence el 19 de febrero del 2018.
Sancionara ReymundoRosas Santos,identificado con DNI N°02800303, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,