Sancionar a Crispín López Rondoy, identificado con DNI N° 02765188, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277° de su reglamento
Sancionar a Vicente Nely Píñín Córdova, identificado con DNI N° 03131681, por infringir e! numeral 1} del articulo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Miguel Antonio Carmen Pulache, identificado con DNI N° 42114914, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277° de su reglamento,
Sancionar a Carlos Dimas Castillo Patiño, identificado con DNI N° 41725195, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277° de su reglamento,
Artículo Primero.- Declarar la extinción de la licencia de uso de agua superficial con fines agrarios otorgada en la Resolución Administrativa Nº 143-2007-DRA-LL/ATDRCH, en lo que respecta al derecho de uso de agua otorgado a favor de Jáuregui García Víctor Adolfo, respecto del predio con Unidad Catastral Nº 06021, con un área bajo riego 2,1500 ha., dejándola subsistente en lo demás que contiene.
Sancionar a Miguel Antonio Carmen Pulache, identificado con DNI Nº 42114914, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
Sancionar a Miguel Antonio Carmen Pulache, identificado con DNI N° 42114914, por infringir el numeral 1) del articulo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del articulo 277º de su reglamento,
Sancionar a Crispín López Rondoy, identificado con DNI N° 02765188, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,
Sancionar a Crispín López Rondoy, identificado con DNI N° 02765188, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley N° 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,