Autorizar, a Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. con RUC Nº 20100128218, la ejecución de obras para el aprovechamiento hídrico superficial de agua desalinizada de la Refinería Talara (PMRT)
Absolver, a Juan Francisco Cóndor Galarreta y Enemesio Palomino Castañeda del procedimiento administrativo sancionador iniciado con Notificación Nº 050-2014-ANA-AAA-JZ/ALA-J y Notificación Nº 051-2014-ANA-AAA-JZ/ALA-J, respectivamente; archivando el expediente administrativo, por los fundamentos previamente expuestos.
Modificar, la Resolución Directora! Nº 3431-2016-ANA-AAA JZ-V, en el extremo que se otorga licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola a favor de la sociedad conyugal conformada por Guillermo Castillo Palacios y Norma Ruíz de Castillo.
ancionar a Pulache Tizón Armando, identificado con DNI Nº 02763375, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de la Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Pulache García Raul, identificado con DNI Nº 02765199, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento, por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de ia Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Sancionar a Pulache Tizón Armando, identificado con DNI N° 02763375, por infringir el numeral 1) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal a) del artículo 277º de su reglamento,por usar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua de ia Autoridad Nacional del Agua, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Otorga permiso de uso de agua superficial para época de superávit hídrico, con fines agricolas proveniente del rio Chicama, captados en la Bocatoma Ascope ubicada geograficamente en las coordenadas E 716523 y N 9146519, conducidos travez del CD Ascope y canales internos, en el Bloque "Ascope" con codigo PCHIC -1301- B02, a favor de Comsion de Usuarios Ascope.