RA-Nº 248-2011-ANA-ALA.CHRL
Resumen
ARTICULO PRIMERO: SANCIONAR administrativamente a la PRIMITIVA DAVILA LLIMPEDE OBISPO, con el pago de una multa del 3 % de la UIT, monto equivalente al dia en que se hace efectivo el pago de dicha multa; por contravenir las disposiciones de la Ley de Recursos Hidricos -Ley N° 29338 Y demas normas complementarias, conforme fue detallado en los considerandos de la presente Resolucion Administrativa; y la misma que debera de ser cancelada en el plazo de (10) diez dias calendarios