R.D. N° 1301-2016-ANA/AAA XII.UV
Resumen
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de Autorización para Uso Temporal de la Faja Marginal en Cursos y/o ribera (restinga) del río para cultivos temporales en la cuenca baja del río Urubamba, presentado por Segundo Juan Araujo Chujandama, identificado con DNI Nº 22971123, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; y en consecuencia disponer el archivamiento del procedimiento administrativo.