Declarar en estado de líbre disponibilidad las aguas que discurren libremente y sin ningún uso hasta desembocar en el Río Huatanay, de las siguientes fuentes hídricas: Riachuelo Cachimayo, que discurre por la quebrada del mismo nombre, sector comprendido en la parte inferior de la CC de Yuncaypata, hasta por un gasto de 2.67 lts./seg., cuyo punto de aforo se encuentra entre las coordenadas U.T.M, 0180398- E, 8507450-N; y de los manantiales denominados Cebolla Huaycco 1 y 2, ubicados en la parte baja de la ce, de Yuncaypata, sector Cebolla Huaycco, hasta por un gasto de 1.60 lts./seg., cuyo punto de aforo se encuentra entre las coordenadas U.T.M, 0180653-E, 8506888-N, aguas que discurren libremente y sin ningún uso por la quebrada Cebolla Huaycco, que luego de juntarse con las aguas del Ríachuelo Cachimayo, desembocan en el Río Huatanay; pudiendo FEDECACEP-SAN SEBASTIÁN, como parte interesada peticionarla cumpliendo con los extremos del Art, 08º del D.L.Nº 17752, y su Reglamento.