Sancionar, administrativamente a Fausto Eugenio Morales Morales, identificado con DNI 16007793, por utilizar agua superficial Canal F1 Hatillo Norte, aperturando una compuerta mediante la cual deriva las aguas hacia una poza de material de concreto colindante con el canal, desde este punto (poza de agua), mediante un motor y tuberías de 3”, conduce las aguas hacia la parte alta del terreno eriazo para el uso en el riego de plantaciones, infringiendo el numeral 1) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos: «Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso», concordante con el literal a. del artículo 277° de su Reglamento: «Usar (…) las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua», se califica como Leve, imponiéndose una multa ascendente a (0,3) Unidad Impositiva Tributaria (UIT).