R.TNRCH. Nº 0753-2025-ANA
Resumen
CUT: 165918-2023.
IMPUGNANTE: : - Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Yamobamba Chusgón Margen Izquierda del Río Marañón - Comité de Usuarios del Canal de Riego “Pinillos Montoya” - Comité de Usuarios del Canal de Riego “Zandia”.
ÓRGANO: AAA Marañón.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua.
SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.
SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica procede cuando en el balance hídrico se demuestra que existe superávit hídrico en la fuente.
MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, Decreto Supremo N° 006-2021-MIDAGRI y Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA.
SENTIDO: Infundados.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La acreditación de disponibilidad hídrica procede cuando en el balance hídrico se demuestra que existe superávit hídrico en la fuente.
Marco normativo
Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, Decreto Supremo N° 006-2021-MIDAGRI y Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA.