Otorgar licencia de uso de agua superficial con fines productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Montenegro Pita Juan Carloman y Paredes de Montenegro Gladis Violeta.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Juan Roberto Requena Pasapera y Marcia Del Pilar Larizbeascoa.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Pedro Silva Valladolid y Pascuala Dioses Silva de Silva.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Pedro Silva Valladolid y Pascuala Dioses Silva de Silva.
Declarar improcedente y concluido el procedimiento seguido por el Sr. Bernardo Namuche Yovera, por los argumentos expuestos en la parte consideratíva de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el abandono del presente procedimiento administrativo y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del mismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Segundo Daniel Torres Ortíz contra la Resolución Directoral N° 1013-2016-ANA-AAA.M, al haber sido emitida conforme a Ley.
ARTÍCULO PRIMERO.- ACUMULAR, LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE CUT Nº 113772-2016, 113778-2016, 113794-2016, 113809-2016, 113813-2016 Y 113801-2016 AL CUT Nº 113766-2016 TRAMITADOS ANTE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AGUA MOCHE VIRU CHAO SOBRE EXTINCIÓN Y OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL CON FINES AGRARIOS POR CAMBIO DE TITULAR, ORGANIZADOS POR MARÍA CONSUELO LÁZARO T
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Fracci Ricardo Motta Taylor contra la Resolución Directoral N° 1225-2016-ANA/AAA I C-O, al no haberse desvirtuado la infracción que se le imputó.