Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la sociedad conyugal conformada por Juares Juares Santos Patrocinio y Juárez de Juárez Dionicia Guadalupe.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de Lazo Girón Vicente y Juarez Atoche Santos, para el predio "CAT Túpac Inca Yupanqui."
Declarar improcedente la solicitud presentada por Manuel Ojeda Juárez, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar el Abandono del procedimiento administrativo sobre autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico superficial, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución y en consecuencia se debe proceder el archivo definitivo del procedimiento.
Declarar improcedente la solicitud de formalización de licencia de uso de agua subterránea para uso productivo agrícola, presentada por Escalante Huancahuare Evelio Guillermo, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar de oficio el abandono del procedimiento administrativo, presentado por Arnulfo Adrianzen Juarez, sobre extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución y en consecuencia se debe proceder al archivo definitivo del procedimiento.
Otorgar licencia de uso de agua superficial para uso productivo agrícola, a favor de la Sociedad Conyugal conformada por Farroñan Tejada María Delia y Chapoñan Zeña Mateo.
Declarar la extinción de la licencia de uso de agua con fines agrarios otorgada mediante Resolución Administrativa Nº 309-2005-AG-INRENA/A TDRCH-L, a favor de Baldera Baldera Sandoval, para el predio con código catastral 44416; quedando vigente en lo demás que contiene la mencionada resolución administrativa respecto a las licencias que aún no hayan sido modificadas.
Declarar improcedente la solicitud de Regularización de Licencia de Uso de Agua Superficial, presentada por Fuentes Parraguez Ana Aurelia; por los argumentos expuestos en la parte consíderativa de la presente resolución.