R.D. N° 0658-2025-ANA-AAA.PA
Resumen
SANCIONAR a la COMUNIDAD DE LLANTUYHUANCA – CHACCAMARCA y a la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO LLANTUYHUANCA – CHACCAMARCA, con una multa de Tres punto cinco (3.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) - Unidades Impositivas Tributarias vigentes al momento de su cancelación cuyo pago será en forma solidaria, por Modificar sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua los bienes naturales asociados al agua; por Dañar las defensas naturales del cauce de la quebrada Accoscca Grande; y Arrojar residuos sólidos en cauces de agua natural de la quebrada Accoscca Grande, ubicado Centro Poblado Llantuyhuanca –Chaccamarca, del distrito de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, conducta tipificada como infracción en el numeral 10 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y concordante con los literales “b” “p” y “e” del artículo 277° del Reglamento de Ley de Recursos Hídricos.