Que la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, de la provincia de Urubarnba, departamento y región Cusco, rehabilite a su cuenta y riesgo, en el término de treinta ( 30) días calendario contados a partir del 27 de marzo deJ 2007, el tramo de canal de riego secundario de la Irrigación Huandar-Huayllabamba, ubicado al Nor-Este del Cementerio General de Huayllabamba y colindante con las propiedades de los señores Lucio LLallicuna Cruz, Julián Canto Pedraza, Mauro Concha Madera, Manuel Gil Concha Madera, Teobaldo Concha Madera, Lidia Concha Madera, Cristina Concha Madera, y Leonor Livano Castillo de Paco, usuarios de la infraestructura de riego mencionado.