Conceder en vía de regularización a la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento de la Comunidad Campesina Villa del Carmen, del distrito de Cachimayo, provincia de Anta, Departamento del Cusco, (JASSCC-VILLA DEL CARMEN-CACHJMAYO-ANTA), licencia de uso de agua con fines poblacionales y/o domésticos, de las aguas de los manantiales denominados: " Mayucancha", hasta por un gasto de 2.75 lts./seg., "lncarmana ó Charanchayoc", hasta por un gasto de 0.50 lts./seg., haciendo un gasto total de 3.25 lts./seg., y una masa anual de 101,088.00 M3, (ciento un mil ochenta y ocho, punto cero cero metros cúbicos anuales), recursos hídricos ubicados en los sectores de Quiclluyoc y Huarcurayac Hichucancha, del distrito de Cachimayo, provincia de Anta, Departamento del Cusco por encontrarse dichas aguas en actual uso y desde muchos años atrás, sin perjuicio de terceros, con los mismos fines solicitados, y por no haberse presentado oposición alguna de parte de terceros en el término de Ley a la petición formulada.