SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de San Francisco de Asís de Yarusyacán, por la infracción tipificada en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338 – Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal d) del artículo 277° del Reglamento de la citada Ley;la multa impuesta deberá ser cancelada, en el plazo de quince (15) días hábiles después de notificada la presente, a través del Banco de la Nación en la Cuenta Corriente Nº 0000-877174, Denominación: ANA-Multas, Uso: Multas por Infracción, a favor de la Autoridad Nacional del Agua, debiendo presentar el recibo de pago a esta Autoridad Administrativa del Agua Huallaga.