Artículo Primero.- Declarar Improcedente, el pedido de Eleuterio León del Castillo Manrique sobre regularización de licencia de uso de agua superficial, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa
Otorgar Autorización de Uso de Agua Superficial con fines productivo-industrial a favor de la Empresa Sur Vial S .A para ejecutar el sello del asfalto, bacheos asfalticos, control del polvo de la vía y otros del Corredor Vial Interoceánico Sur Perú - Brasil: cuyo punto de captación se ubica en el Rio San José, específicamente en la Progresiva 123+100 lado izquierdo del corredor vial, ubicado en el Distrito y Provincia de Lucanas, Departamento de Ayacucho.
Declarar el Abandono del Trámite Administrativo con CUT. N°20366-2013-ANA-ALA PISCO, de fecha 25 de Febrero del 2013, promovido por don Alejandro Achulli Huamán en representación de la Empresa Comercio y Servicios Roca Estrella E.I.R.L., sobre Autorización de Uso de Agua Superficial con fines minero provenientes del Rio Pisco, cuya fuente se ubica en el Sector de Cabeza de Toro, Distrito de Independencia, Provincia de Pisco y Departamento de Ica.
Declarar el abandono del procedimiento administrativo signado con CUT N°68005-2012 de fecha 12.09.2012, seguido por la Asociación de Pequeños Agricultores Pozo 1 y 2, debidamente representado por el señor Pedro León Carrasco identificado con D.N.I. N° 21825969, sobre otorgamiento de Licencia de Aguas Subterráneas del pozo IRHS-16; procedimiento administrativo instruido por la Administración local de Agua San Juan.