R.D. Nro. 303-2017-ANA-AAA.TIT
Resumen
IMPONER, a la Empresa Constructora & Comercializadora Neima Sociedad Anónima Cerrada, con RUC N° 20448812767, con domicilio en la Carretera Asfaltada Binacional N° 1703, ciudad de Desaguadero, provincia de Chucuito, representado por su Gerente General Mery Mamani Pilco, una sanción administrativa pecuniaria de multa por un monto equivalente a DOS (2.0) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha de cancelación, por infracción a la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 3) de la Ley N° 29338, realizar la ejecución de obras hidráulicas sin la autorización de la Autoridad Nacional y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal b) Construir, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras de cualquier tipo, en las fuentes naturales de agua. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente N° 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ilave, dentro del tercer día de efectuado el mismo