Sancionar, a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYMARAES, del departamento de Apurímac, con una multa ascendente a TRE (03) Unidades Impositivas Tributarias (U.I.T.) vigentes a la fecha de cancelación, por efectuar vertimientos de aguas residuales sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, al río Chalhuanca, cuyo punto de vertimiento se ubica en las coordenadas UTM (WGS 84) VSChal-1 8 419 549 mN - 687 967 mE, con un caudal de 15 Us, mediante una tubería PVC de doce (12) pulgadas, jurisdicción del distrito de Chalhuanca, de la provincia de Aymaraes, del departamento de Apurímac, acción que se encuentra tipificada como infracción en el numeral 9 del artículo 120º de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal d del artículo 277° del Reglamento de la Ley acotada.