Declarar fundado, el recurso de reconsideración presentado por Fuentes Parraguez Ana Aurelia contra la Resolución Directora! Nº 481-2017-ANA-AAA JZ-V, por los argumentos expuestos en la parle considerativa de la presente resolución.
Declarar fundado, el recurso de reconsideración presentado por Fuentes Parraguez Ana Aurelia contra la Resolución Directora! N° 482-2017-ANA-AAA JZ-V, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar fundado, el recurso de reconsideración presentado por Fuentes Parraguez Ana Aurelia contra la Resolución Directora! N° 924-2017-ANA-AAA JZ-V, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar improcedente la queja interpuesta por Teresa Vargas Montero contra José Odar Piscoya, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar de oficio la nulidad de la declaración jurada de acogimiento al silencio administrativo positivo, dejándola sin efecto legal, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar infundado el recurso de reconsideración, interpuesto por Armando Pérez Castillo, contra la Resolución Directora! Nº 564-2017-ANA-AAA JZ-V, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar la extinción por caducidad de la licencia de uso de agua subterránea con fines agrarios, otorgadas a favor de Tello García Manuel Alfredo, mediante la Resolución Administrativa N° 096-2006- GR-LAMB/DRA-ATDRMOL-L.
Sancionar a la Municipalidad distrital de Magdalena, con RUC N° 20188992057 por infringir el numeral 9) del articulo 120º de la Ley N° 29338, en concordancia con el literal d) del articulo 277º de su Reglamento, " ... Efectuar vertimiento de agua residual en los cuerpos de agua, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua ... ".
AUTORIZAR en vias de regularización al Alfonso Trinidad Simón la ejecución de los estudios del Proyecto "Estudio para la Obtencion de la Licencia de Uso Agrarios", con sujeción a los considerandos precedentes.