Declarar Infundadas las oposiciones formuladas por el representante del "Comité de Irrigación Comprensión Arcomayo Naranja Loma", por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar, que carece de objeto pronunciarse sobre el procedimiento administrativo sancionador aperturado contra la empresa GANDULES INC S.A.C., por haberse producido sustracción de la materia.
Declarar fundado en parte el recurso de reconsideración, presentado por Cortez Becerra Santos Andrés contra la Resolución Directora! N° 1024-2017-ANA-AAA-JZ-V, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar fundado, el recurso de reconsideración presentado por el Ministerio de Cultura - Oficina besconcentrada de Cultura Cajamarca, contra la Resolución Directora! N° 1492-2017-ANA-AAA-JZ-V, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Absolver, a la Junta de Usuarios del Sub Distrito de Riego No Regulado Alto Jequetepeque, de los hechos por los cuales se les inicio procedimiento administrativo sancionador, disponiéndose su archivo definitivo.
Autorizar en vía de regularización a la Junta Administradora de Servicios de Agua y Saneamiento - JASS-San Pablo-Las Tercianas, la ejecución de las obras dl=) infraestructura de captación de agua superficial ubicado en el manantial "Las Tercianas" ubicado en' el Caserío Yerba Buena, e'n las" coordenadas UTM WGS 84 (Zona 17 Sur): 743 069 Este- 9 213 385 Norte.