IMPONER sanción a la Señora Danila Quispe Diaz, identificado con DNI Nº 24563647 una multa equivalente a 0.07 CERO PUNTO CERO SIETE -Unidades Impositivas Tributarias vigente a la fecha en que se realice el pago, por la Utilización de Aguas sin el correspondiente derecho de Uso de Agua o Autorización de la Autoridad Nacional del Agua, debidamente tipificada en el numeral 1) del articulo 120° de la Ley de Recursos Hidricos - Ley N° 29338, concordado con el literal a) del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos - aprobado por Decreto Supremo N° 001 -2010-AG ,"Constituye infracción en materia de agua, toda acción u omisión tipificada en la presente Ley. El Reglamento establece el procedimiento para hacer efectivas las sanciones. Constituyen infracciones las siguientes: inciso 1) Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso ( ... )" la misma que debe de ser cancelada por el infractor en el plazo de quince días, contados a partir de notificada la Resolución en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días de notificada la presente Resolución, debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Cusco, dentro del tercer día de efectuado el mismo. En caso de incumplimiento de pago se procederá a integrar y ejecutar las medidas complementarias que correspondan, sin perjuicio de la ejecución coactiva a que haya lugar