SANCIONAR a la Universidad Nacional San Luis Gonzaga, con una multa equivalente a 2.10 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo tubular IRHS-11-01-12-08, ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 419,599 mE -8'449,275 mN, en el distrito de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.