AMONESTAR mediante la presente resolución al señor Ciro Ormeño Aquino, con la finalidad de que se cumpla a cabalidad lo dispuesto por la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, su Reglamento y leyes conexas.
SANCIONAR a la señora Victoria Medina de Quintanilla, con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCO 0.5 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS(UIT) vigentes a la fecha de pago, por utilizar agua subterránea proveniente del pozo IRHS-266, en el sector Poroma, distrito Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica, sin el derecho de uso de agua correspondiente, infringiendo el Artículo 120° numeral 1 de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos.
SANCIONAR al Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de Pisco, con una multa equivalente a 0.50 UIT Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha en que se realice el pago, por infringir el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.
AMPLIAR por última vez, el Plazo otorgado al señor Froilán Serafín Iquiapaza Viza, identificado con DNI N° 22180324, mediante Resolución Directoral N° 053-2017-ANA-AAA-CH.CH, de fecha 19.01.2016, sobre Acreditación y Autorización de Ejecución de Obra de Aprovechamiento Hídrico para "Alumbramiento de un pozo Artesanal a Tajo Abierto", ubicado en el sector Juárez L-1, distrito de Changuillo, provincia de Nasca del departamento de Ica.
SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de Rio Grande, con una multa equivalente a DOS PUNTO UNO (2.1) UNIDADES IMPOSITIVASTRIBUTARIAS, vigente a la fecha en que se realice el pago, por infringir el artículo 120° numeral 5 "Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados", concordado con el Art. 277° del Reglamento de la Ley inciso f) "Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces, riberas, fajas marginales o los embalses de las aguas".
Declarar improcedente el trámite de Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico de Agua Superficial, proveniente de los manantiales Rimarachin, Heredia y Soberón, para la ejecución del proyecto: “Instalación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento Básico en la localidad de Yanapa, distrito de Callayuc, provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca", sustanciado por el Núcleo Ejecutor del Proyecto Instalación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento Básico en la localidad de Yanapa, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
PRORROGAR, por única vez, el plazo de plazo de la Acreditación de Disponibilidad Hídrica de Agua Superficial con Fines Energéticos, a favor de HYDROPLUS GLOBAL S.A.C., otorgado mediante Resolución Directoral N° 1066-2015-ANA-AAA.M, de fecha 29 de octubre de 2015; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
SANCIONAR al señor Fernando Jose Gallesi Corbetto y la señora Johanna Maria Gallesi Corbetto, con una multa equivalente a UNO PUNTOCINCO (1.5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), vigentes a la fecha de pago, por utilizar el agua subterránea proveniente del pozo IRHS-01 con mayores volúmenes que los otorgados en la Resolución Administrativa N°056-2009-ANAALACH.P, de fecha 08.04.2009, infringiendo el artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos.
OTORGAR a favor de Comité de Usuarios del Canal de Riego del Canal de Riego Sausacocha -Cahuadan-Puente Piedra, Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, por un volumen anual de hasta 698 130,99 m3, que equivale a un caudal de hasta 52,001/s, proveniente de la laguna Sausacocha; políticamente ubicada en el caserío La Laguna Sausacocha, distrito Huamachuco, provincia Sánchez Carrión, región La Libertad.