SANCIONAR a la señora Lia Patricia Bocanegra (barcena, identificada con DNI N° 22062734, con una multa equivalente a 2.10 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por obstruir el canal de riego derivado del reservorio Bisambra, mediante la construcción de un muro de adobe a la altura de la calle Juan Matta, y obstaculizar las labores de operación y mantenimiento de dicho canal y del reservorio Bisambra, mediante la construcción de un muro de adobe, colindante con el señalado reservorio, sin respetar el espacio necesario para su operación y mantenimiento, en la ciudad de Nasca, distrito y provincia de Nasca y departamento de Ica, incurriendo en las infracciones tipificadas por el numeral 5 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.