Rectificar de oficio el error material contenido en el Artículo Primero de la Resolución Administrativa Nº 0209-2014-ANA-ALA-MEDIO APURIMAC-PACHACHACA, de fecha 01 de septiembre del 2014, en el extremo que debe indicar: Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso poblacional, a favor de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) Agua Viva, para aprovechar un volumen anual de hasta cuatro mil ciento cuatrocientos quince punto cero cuatro metros cúbicos (4 415.04 m3), provenientes de los manantiales Tacnayacu Uno y Tacnayacu Dos, ubicados políticamente en la comunidad campesina Tacmara, Distrito Pacobamba, Provincia Andahuaylas, Región Apurímac.