IMPONER, a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CABANA, con RUC N° 20165571704, representado por su Alcalde, el señor Cesario Vilca Quispe, con domicilio en la Plaza de Armas S/N – Cabana, Provincia de San Román y Región de Puno, una multa pecuniaria de DOS PUNTO CERO UNO (2.01) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), conforme al artículo 279.2 del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por efectuar vertimiento de aguas residuales en cuerpo natural de agua superficial del riachuelo Challuni, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 9) de la Ley N° 29338, realizar vertimientos, y en el D.S. N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal d) Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Juliaca, dentro del tercer día de efectuado el mismo