R.TNRCH. Nº 0519-2025-ANA
Resumen
CUT: 9935-2024.
IMPUGNANTE: José Hipólito Pérez Cubas.
ÓRGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización. - Dañar, obstruir o destruir las defensas, naturales o artificiales, de las márgenes de los cauces. - Construir o modificar obras sin autorización.
SUMILLA: Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ocupación, obstrucción y/o daño constituyen infracciones sancionables.
MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b), f) y p) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Infundado.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ocupación, obstrucción y/o daño constituyen infracciones sancionables.
Marco normativo
Numeral 5 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b), f) y p) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.