CUT: 107332-2025.
IMPUGNANTE: Samuel David Chuquispuma Chuquispuma y Víctor Chuquispuma Chipana.
ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador- Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.
SUMILLA: Cuando se realizan trabajos que modifican el curso del agua de una fuente natural, se configura la infracción por desviar los cauces sin autorización.
MARCO NORMATIVO: Numeral 6) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Infundado.
SANCIÓN: Grave - 2.1 UIT (por cada infractor).